El Decreto 780 de 2016 en Colombia, conocido como el Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social, incluye diversos temas relacionados con la salud pública, la seguridad social y la protección social. En relación con las personas mayores, este decreto aborda varios aspectos que son clave para la atención y el bienestar de este grupo poblacional. A continuación, se presenta una síntesis de los artículos más relevantes en los que se mencionan o incluyen a las personas mayores:

1. Artículo 2.2.3.1.1.2. Definiciones del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS)

  • Se define a las personas mayores como aquellas que tienen 60 años o más. Se les reconoce como población vulnerable que requiere atención especial en salud y protección social.

2. Artículo 2.2.4.3.6. Plan de atención integral para personas mayores

  • Este artículo establece la necesidad de crear y ejecutar un plan integral de atención en salud para las personas mayores, incluyendo acciones de promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación. Se pone énfasis en las enfermedades crónicas no transmisibles, que son comunes en esta población.

3. Artículo 2.2.9.3.7. Acceso preferencial para personas mayores

  • Se establece que las personas mayores deben tener acceso preferencial y prioritario a los servicios de salud, evitando barreras administrativas o de movilidad que puedan afectar su atención oportuna.

4. Artículo 2.2.5.3.1. Atención domiciliaria para personas mayores

  • Este artículo señala que, en situaciones donde la condición de la persona mayor lo amerite, las EPS y demás prestadores de salud deben garantizar la prestación de servicios de salud en el hogar, como parte del modelo de atención integral.

5. Artículo 2.2.6.5. Programas de salud para personas mayores

  • Se ordena la implementación de programas de promoción de la salud y prevención de enfermedades específicos para personas mayores, enfocados en el envejecimiento saludable, el autocuidado y la mejora de la calidad de vida.

6. Artículo 2.2.9.3.8. Cuidados paliativos para personas mayores

  • Se establece la obligatoriedad de ofrecer cuidados paliativos a las personas mayores que padecen enfermedades crónicas en fase terminal o que experimentan dolor severo, asegurando su acceso a servicios de alivio del dolor y apoyo emocional.

7. Artículo 2.2.1.1.2. Política Nacional de Envejecimiento y Vejez

  • Este artículo establece lineamientos generales para la implementación de la Política Nacional de Envejecimiento y Vejez, que busca mejorar la calidad de vida de las personas mayores a través de la protección social, la seguridad económica, la inclusión social y la atención en salud.

8. Artículo 2.2.9.3.9. Protección contra la violencia y maltrato

  • Se contemplan medidas para proteger a las personas mayores contra cualquier forma de violencia, maltrato o negligencia, promoviendo la denuncia y el seguimiento de estos casos a través de las autoridades competentes.

Estas disposiciones reflejan un marco legal que busca garantizar los derechos de las personas mayores en Colombia, asegurando su acceso a servicios de salud integrales, protección contra el maltrato y una atención prioritaria en el sistema de salud.

Para mayor información consultar el único sistema de información normativa:  

https://www.suin-juriscol.gov.co/legislacion/adultomayor.html

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